Por Danilo Mora
Este jueves 15 se cumple el plazo de 10 días que tiene nuestro presidente del centro de alumnos, Vladimir Jofré, para presentar su renuncia o de lo contrario pierde el cargo con mayor representatividad (el de presidente del CAA), en el fondo sea que renuncie o deje pasar el plazo el resultado es el mismo, deja la presidencia. Surge la pregunta entonces; ¿Quién queda como presidente? ¿Cuál es el procedimiento que contempla el estatuto?
Analizando los artículos del El Título I. A- “Subrogación y Vacancia” para lo cual también consulté a José Cisternas, el precursor del estatuto para asegurar que las conclusiones fueran las correctas, en fin las conclusiones son las siguientes:
En su artículo 23 establece que en caso de vacancia del cargo de presidente asume de pleno derecho el vicepresidente, o sea; no es necesario investidura alguna; desde el momento en que el presidente deja de ser tal, asume inmediatamente su vicepresidente.
¿Y que pasa con el cargo de Vicepresidente?
El Art. 24 entrega la solución: “En caso de vacancia del resto de los cargos de la Directiva de Centro de Alumnos, si se produjere faltando más de treinta días para el término del periodo, se presentará por la Directiva una terna a la Asamblea, para que ésta elija por votación directa y mayoría simple con un quórum de a lo menos el diez por ciento de los alumnos con derecho a voto.”
En su inciso segundo agrega: “De no cumplirse el quórum para la votación, la Directiva presentará dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes, la misma terna al Consejo de Delegados en Pleno, que elegirá al nuevo miembro por mayoría simple.”
Entonces el procedimiento es bastante claro, se presenta una terna a la asamblea para que elija, y si no se cumple el quórum, elige el Consejo de Delegados. Esto se aplica a todos los miembros con excepción del presidente, incluso esto debió aplicarse cuando la vocal de bienestar renunció hace aproximadamente más de 2 meses, pero nada de esto se hizo y tampoco tengo conocimiento si esto se ha informado oficialmente o si se ha ocupado el cargo.
Quizás algunos se pregunten que importancia puede tener que tengamos o no un presidente por el resto del periodo que queda, simple y muy importante: Las causales de eliminación, estas sólo pueden ser defendidas por el presidente del centro de alumnos, él es el único que puede interceder ante el consejo de facultad para analizar caso a caso y manifestarse a favor de los alumnos que caigan en esta causal para buscar una solución y velar porque el proceso sea transparente para nuestros compañeros.
Ahora que pasa si por algún motivo, el nuevo presidente (ex vicepresidente) no quiere asumir el cargo o se encuentra imposibilitado en forma temporal para ello:
Si se encuentra imposibilitado en forma temporal, rige el Art. 22 : “En caso de incapacidad temporal justificada no superior a un mes de alguno de los miembros de la Directiva de Centro de Alumnos, esta misma elegirá de entre sus miembros a aquel que asuma sus funciones por el periodo de su ausencia.
En el caso del presidente, le subrogará el vicepresidente, en conformidad al artículo 11.
En caso de que la incapacidad sea superior a un mes, se analizará el caso en conjunto con el Consejo de Delegados.”
Mas complejo es el caso en que no quiera desempeñar el cargo de presidente: Cómo el Art. 23 establece que asume de pleno derecho como presidente, lo único que le quedaría en este caso es renunciar al cargo ya investido, y asumiría como tal aquel que fue electo como vicepresidente en la terna correspondiente.
En cuanto al plazo para presentar la terna para elegir al vicepresidente, el estatuto no se pronuncia al respecto, pero creo que se podría aplicar el plazo que se establece cuando no se reúne el quórum suficiente en la asamblea y se entrega esta decisión al consejo de delegados: 5 días. Si se estima que esta no es la solución, de todas maneras se debería concluir que se debe hacer lo antes posible, basándonos en los principios contemplados en el artículo 6 inciso segundo:
“Todos los órganos deberán a su vez actuar con probidad, transparencia, y lealtad en el ejercicio de sus cargos, velando siempre por el bienestar de los estudiantes más que por el de los propios o por el de organizaciones o entidades ajenas a las estudiantiles.”
En fin, el tema en sí es bastante engorroso a la hora de que el vicepresidente no quiera asumir funciones como presidente, pues caemos en un circulo vicioso, he ahí la importancia de que estas cosas se hubieran dejado zanjadas con anterioridad, pues el tema de las causales no es menor, y también por un tema de respeto y consideración a todo el alumnado, además del hecho que si nos dimos un estatuto, es hora de que comencemos a respetarlo.
Aquí dejo una copia del estatuto para quien quiera descargarlo y echarle una mirada: